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Nota:
Si está pendiente de inscribir traspasos del anterior o anteriores propietarios de su vehículo, deberá presentar los respectivos documentos de transferencia en original.
En los casos que se realicen ventas a traves de un Poder, el notario debe relacionar de manera amplia y suficiente la personería con que actúa el apoderado, solicitandole adicionalmente que relacione dentro de dicha personería el numero de Documento de Identidad el Poderdante.
Los vehículos importados a partir del 29 de diciembre de 2009 que fueron inscritos amparados a una extención del pago al impuesto especial de la Primera Matricula, deben cancelar dicho impuesto al momento de ser traspasados a una persona no exenta. Este pago se efectua en el Ministerio de Hacienda.
Puede consultar las personas exentas al pago del Impuesto de la Primera Matricula AQUI.
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